El Consejo de Ministros trata este viernes día 20 de Diciembre la anunciada reforma de la Ley 3/2010 de Salud Sexual e Interrupción Voluntaria del Embarazo.
Una posible reforma penal de la que poco conocemos excepto lo que se ha ido publicando los medios de comunicación y que viene a decir que de la actual ley de plazos, se volvería hacia un sistema de supuestos, como el vigente de 1985 a 2010, cuando abortar en España era delito salvo en casos de violación, riesgo para la salud física o psíquica de la mujer o malformación fetal.
En resumen, la previsible reforma de la ley del aborto supone cambiar lo de las 14 semanas, obligar al permiso materno y paterno de las jóvenes de 16 y 17 años y limitar la despenalización al riesgo de salud para la mujer.
Poca información, ostracismo y falta de aportación del anteproyecto de reforma penal de ley del aborto a otros partidos políticos.
Una ley que desde su existencia, con mayor o menor endurecimiento, criminaliza y penaliza a las mujeres que deciden practicar un aborto; y que se está gestando desde el Ministerio de Justicia. No es casual que una cuestión de salud esté siendo reformada y liderada por Justicia, con una connotación represiva y punitiva en su legislación penal.
Según Europa Press, también quieren influir mediante la reforma legislativa en la regulación de la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, la información que reciben las mujeres cuando solicitan el aborto –un diputado de UPN ha pedido que se les mostrase una ecografía– o la perspectiva de género en la enseñanza sanitaria y afectivo sexual.