Informamos que nuestro servicio
para los recursos administrativos comienza a tener resultados positivos en el
escaso tiempo que lleva funcionando. Esto, de alguna forma, nos sorprende ya
que de forma regular se están imponiendo normas locales que tratan de regular
dictatorialmente el uso del espacio público dirimiendo la libertad a un mero
comportamiento cívico, sin dar detalles de a qué se refieren con el civismo y
confundiendo deliberadamente éste con libertad.
La primera tarea que se nos
encomendó fue por el SOV de Málaga. El asunto estaba fuera del plazo de
recurso, pero se presentó para que el Ayuntamiento pudiera tener en cuanta
todos los fundamentos de derecho que se iban a plantear en el Contencioso
Administrativo por el Procedimiento Especial de Tutela de los Derechos
Fundamentales de la Persona.
La segunda tarea, creemos
recordar que fue para unos compañeros del citado sindicato de Málaga, pero a
nivel particular, porque se consideró que beber entre cinco dos litronas en un
banco, era una CONCENTRACIÓN DE PERSONAS supuestamente CONSUMIENDO ALCOHOL. Por una parte, se saltan
la presunción de inocencia, ya que el que hubiera unos vasos y dos litronas en
el banco, no significa que fueran ellos cinco los que estuvieran bebiendo. En
todo caso, el responsable es el Ayto. por no limpiar y por no evitar que la
gente deje las botellas por ahí ya que las botellas y los vasos de plástico
estaban allí cuando ellos llegaron. Además, entendemos que la Ley antibotellona es para
controlar las grandes concentraciones de personas, no para represaliar a cinco
chavales que supuestamente se tomaron una litrona (si se la hubieran tomado).
La tercera petición ha sido la
del sindicato de Zamora en relación a una Ordenanza Cívica aprobada en Pleno
Municipal. Se realizaron en torno a 30
modificaciones por considerarlas un atentado a los derechos fundamentales
establecidos en la
Constitución pero no se pueden presentar las mismas hasta que
se publique en el BOP, por lo que aún están en trámites.
La cuarta petición ha sido del
Núcleo Confederal de Pineda de Mar, perteneciente al SOV de Barcelona. Al
compañero lo cogieron colgando carteles contra la crisis en las farolas. La
defensa se ha basado, fundamentalmente en tres aspectos:1.- La
igualdad de todos los españoles ante la Ley establecida en el artículo 14 de la Constitución, ya que
permitieron en la misma fecha, colgar carteles del Referéndum por la Independencia con
sus sies y sus noes, cosa que atenta al artículo 2 de la Constitución que
establece la unidad del Estado. 2.- La acción sindical no es publicidad, está
regulada por una Ley orgánica que permite “acción sindical en la calle” y lo menos
molesto es poner unos carteles en farolas dentro de lo que puede ser acción
sindical en la calle. 3.- La
Ordenanza es Antivádalica, no es vandalismo colgar con
cuerdas de las farolas carteles, por lo que esta actividad está fuera del
ámbito de actución de esta ordenanza. TENEMOS
LA SATISFACCIÓN DE
ANUNCIAR QUE HAN GANADO. El Ayuntamiento en cuestión ha desistido de multar a
CNT.
La quinta petición es la
alegación de los compañeros de Teruel, es el mismo caso que ya ganamos, hace
unos años, 13 recursos al Ayuntamiento de Lora del Río, por la pegada de
pegatinas de CNT (Sevilla), de un desconocido en señales de tráfico. Entendemos
que este caso está completamente ganado en virtud del artículo 5 de la
Ley Orgánica de Libertad Sindical que no
hace responsable al sindicato de lo que pueda hacer un afiliado.
Nos hemos puesto en contacto con
los compañeros de Salamanca para que nos manden sus expedientes ya que algunos
casos como este ya los hemos ganado y pudiera ser que no estuvieran enfocados
correctamente, puesto que este artículo de esta Ley es muy claro.-
Con que solo ganemos un caso de
vez en cuando, en un municipio donde el Ayuntamiento nos tenga que devolver el espacio
que estaba decidido a quitarnos, les habremos ganado con sus propias leyes.
La calle debe ser nuestro modo
habitual de vida y expresión sindical. Hay que alegar, hay que luchar, hay que
recurrir a la máxima instancia si fuera necesario y dar toda la caña que se
pueda antes de ceder el espacio, el micrófono, antes de dejar de repartir
panfletos, antes de dejar de poner carteles y antes de dejar que se nos siga
pisando aunque tengamos que decir, como en La Redondela: ¡Vaya usted
denunciando, pero sepa que si se lleva el micro, se nos lleva a nosotros con él
y encima os vamos a denunciar por no respetar nuestra LIBERTAD SINDICAL y el
primero que va a caer es usted, porque no respetar vuestra Constitución es una
falta que conlleva la separación del servicio.
Nos ponemos a
disposición del movimiento obrero libertario para pelear,
con recursos administrativos, e
intentar que retiren cada multa que se nos ponga en esta materia.
MANDAR LA DOCUMENTACIÓN AL
CORREO ELECTRÓNICO DEL SOV DE CAMAS: camas@cnt.es