- Declarada fija una trabajadora de una Escuela Infantil del Consorcio IeB que accedió a su puesto a través de una lista de espera para personal temporal
- El Juzgado considera que la Administración emplea procesos selectivos realizados con todas las garantías constitucionales para realizar contratos en fraude, rebajando así los derechos laborales de las trabajadoras.
- La sentencia recalca la responsabilidad de Pilar Candocia, como asesora, a la hora de crear en las Escuelas Infantiles una red de contratación temporal fraudulenta que afecta mayoritariamente a mujeres.
Nuevamente un Juzgado, en este caso el nº2 de Compostela, da la razón a la CNT y declara el carácter fijo de la relación laboral de una trabajadora temporal de la red de Escuelas Infantiles del Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e e Benestar. Esta trabajadora fue contratada en el año 2008 con un contrato de obra o servicio determinado “para el curso escolar 2008/2009”, siendo así evidente el fraude en la contratación, pues la trabajadora lleva ocupando durante trece años el mismo puesto con este contrato inicial.
Sin embargo, el Juzgado va más allá y declara que, aunque la trabajadora no superó el proceso selectivo inicial y quedó en una “lista de espera para cobertura temporal de puestos de trabajo”, debe ser declarada trabajadora fija ya que su elección se ajustó a los principios de igualdad, mérito y capacidad y los incumplimientos de legalidad recaen en la Administración al emplear una modalidad contractual que no resulta adecuada a la naturaleza del puesto.
Desde la CNT se recalca “que poco a poco se va asentando la evidencia de que las trabajadoras no pueden pagar las ilegalidades de la Administración” y que a pesar de las críticas recibidas de otras organizaciones sindicales que fueron cómplices del fraude “se refuerzan los argumentos” que se vienen exponiendo desde la CNT en relación a la fijeza en el Consorcio IeB.
Así mismo, la sentencia deja ver que el Consorcio IeB diseñó desde el inicio un entramado legal que pretendía llevar a cabo contrataciones fraudulentas del personal a través de procesos selectivos completos que contaban con todas las garantías, y señala que en el caso que nos ocupa, fue Pilar Candocia, gerente adjunta de Galescolas del Consorcio IeB entre 2006 y 2009, la que asesoró y puso en marcha estos procesos que tuvieron como consecuencia establecer una forma permanente de precariedad laboral y crearon una temporalidad estructural que afecta mayoritariamente a mujeres, que supone alrededor del 90% del personal del Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar.
Esta sentencia es un empujón importante para las reivindicaciones de las trabajadoras del Consorcio IeB que están actualmente en huelga para reclamar la estabilidad de su puesto de trabajo y que hacen un nuevo llamamiento público a la Xunta de Galicia y a la Gerencia del Consorcio IeB para que se sienten a negociar una solución para el personal temporal en fraude y abuso de temporalidad del ente público que considere a las escuelas infantiles de la Galiña Azul, Centros de Día, Hogares Residenciales y todos los centros de trabajo de la red del Consorcio Galego de Servizos de Igualdade e Benestar, incluyendo el personal de servicios centrales.
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